Logotipo de la UIT
- El logotipo de la UIT es un elemento esencial de la imagen institucional y del patrimonio de la Unión. Como tal, está protegido en virtud de las disposiciones del Artículo 6ter del Convenio de París sobre la Protección de la Propiedad Industrial.
- Por consiguiente, el logotipo de la UIT no puede ser utilizado sin el consentimiento previo por escrito del Secretario General o de su representante debidamente autorizado a tal efecto. Las solicitudes por escrito para la utilización del logotipo de la Unión deberán estar suficientemente fundadas (información exhaustiva sobre los motivos de la solicitud, precisión sobre la utilización prevista, en especial los soportes utilizados (versión electrónica, en papel, etc.), y la posible utilización de otros logotipos junto al de la UIT, así como los datos precisos de la persona que formula la solicitud, etc.) y se remitirán oportunamente a la Unidad de Asuntos Jurídicos, UIT, Place des Nations, 1211 Ginebra 20 (jur@itu.int).
- Sin perjuicio de la realización de un examen detallado caso por caso de cada solicitud, NO SE AUTORIZARÁ la utilización del logotipo de la Unión en los siguientes casos:
- Utilización en conexión con productos o servicios comerciales;
- Utilización contraria a la finalidad y los objetivos de la Unión;
- Utilización que, en opinión del Secretario General, pudiera dañar la imagen, la reputación, la neutralidad o el carácter intergubernamental de la Unión, así como la imagen de la Conferencia;
- Utilización con fines electorales.
- De concederse la autorización, la utilización del logotipo se efectuará de conformidad con el pliego de condiciones y los plazos estipulados en la carta de autorización. Sin embargo, no podrán alterarse, adaptarse ni modificarse en ningún caso el logotipo ni sus elementos constitutivos (formato, proporciones, diseño gráficos, colores, etc.).
Logotipos del SMN-12, la AMNT-12 y la CMTI-12
- La utilización de los logotipos creados especialmente para el SMN-12, la AMNT-12 y la CMTI‑12 también está sujeta a la autorización previa por escrito del Secretario General de la Unión o de su representante debidamente autorizado a tal efecto. Las solicitudes por escrito para la utilización del logotipo del SMN-12, la AMNT-12 y la CMTI-12 deberán estar suficientemente fundadas (información exhaustiva sobre los motivos de la solicitud, precisión sobre la utilización prevista, en especial los soportes utilizados (versión electrónica, en papel, etc.), y la posible utilización de otros logotipos junto al de la UIT, así como los datos precisos de la persona que formula la solicitud, etc.) y se enviarán oportunamente a la Unidad de Asuntos Jurídicos, UIT, Place des Nations, 1211 Ginebra 20 (jur@itu.int).
- A reserva de lo anteriormente señalado, en principio la autorización se acordará cuando el Secretario General considere que la utilización contribuirá a la realización del mandato del evento o a promover sus trabajos.
- De concederse la autorización, la utilización del logotipo se efectuará de conformidad con el pliego de condiciones y los plazos estipulados en la carta de autorización. Sin embargo, no podrán alterarse, adaptarse ni modificarse en ningún caso el logotipo ni sus elementos constitutivos (formato, proporciones, diseño gráficos, colores, etc.).
Si desea más información, puede dirigirse a la Unidad de Asuntos Jurídicos, UIT, Place des Nations, 1211 Ginebra 20 (jur@itu.int).