La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2019 (CMR-19) está abierta a
(véase el
Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, Artículo 24):
Los Estados Miembros [CV/277]
El Estado de Palestina [Resolución 99 (Rev. Dubái, 2018)]
Observadores con carácter consultivo (véase la Resolución 145 (Antalya, 2006)):
Observadores de los
Miembros de Sector del Sector de Radiocomunicaciones sin capacidad asesora (véase la Resolución 145 (Antalya, 2006)):
-
Empresas de explotación reconocidas (CV/229), admitidas en virtud del CV/280.
-
Organismos científicos o industriales (CV/229), admitidas en virtud del CV/280.
-
Instituciones de financiación o de desarrollo (CV/229), admitidas en virtud del CV/280.
- Otras entidades que se ocupen de cuestiones de telecomunicaciones (CV/230), admitidas en virtud del CV/280.
-
Organizaciones regionales u otras organizaciones internacionales (CV/231), admitidas en virtud del CV/280.
Organizaciones y entidades a que se hace referencia en el número 476 del Convenio y en los párrafos 1b) y 5b) del Artículo 7 del Reglamento Financiero aplicables a esta Conferencia.