Resumen

El presente suplemento tiene por finalidad ayudar a los operadores de telecomunicaciones en la elaboraci�n de procedimientos eficaces que podr�an ser utilizados para resolver controversias relativas a la liquidaci�n de cuentas internacionales. Antes de que se plantee una controversia, las partes deben acordar una reconciliaci�n o criterios de controversias, criterios que de preferencia deben ser definidos en el acuerdo o contrato firmado.

Este suplemento da prioridad a la garant�a de ingresos y costos y aten�a el riesgo asociado a la obtenci�n de ingresos y/o a los costos. En �l se describen detalles de los criterios que pueden tenerse en cuenta antes del surgimiento y verificaci�n de una controversia, de posibles fuentes de controversia y de la determinaci�n de la validez de la controversia o discrepancia.

En el suplemento se dan orientaciones sobre la gesti�n de la soluci�n de controversias resultantes del mantenimiento defectuoso de datos de referencia (discrepancia en cuanto a las tasas, al destino de la llamada o al c�digo de marcaci�n) y de los datos sobre transacciones (d�ficit de la tasa de recuperaci�n, discrepancias sobre vol�menes, las diferencias entre zonas horarias, llamadas que sobrepasan la medianoche o que pasan de un mes al siguiente, declaraciones negativas, doble c�mputo, acuerdos sobre vol�menes comprometidos, llamadas de cobro revertido, duraci�n de las llamadas, etc.).

Tambi�n se describe un m�todo de intercambio y comparaci�n de CDR y de qu� forma proceder con las controversias no resueltas.

Es un hecho reconocido que las empresas de telecomunicaciones utilizan sus propios procedimientos, que dependen de procesos internos, recursos, conocimientos, experiencias y acuerdos bilaterales con sus hom�logos. Los acuerdos comerciales suelen determinar el lugar y la elecci�n de legislaci�n para resolver las controversias, as� como los requisitos de negociaci�n que deben ser agotados antes de que comience el arbitraje oficial. Hay numerosos mecanismos en todo el mundo a trav�s de los cuales se resuelven las controversias planteadas en esos acuerdos comerciales. Por lo general, estos mecanismos se han aplicado satisfactoriamente en el pasado y no hay se�ales de que no hayan resuelto problemas actuales o previstos en materia de conectividad.

En el presente suplemento se propone un conjunto de pr�cticas comunes que podr�an incorporarse en acuerdos bilaterales entre asociados.