Recomendación UIT-R M.1036-7 (12/2023) – Disposiciones de frecuencias para la implementación de la componente terrenal de las telecomunicaciones móviles internacionales en las bandas identificadas en el Reglamento de Radiocomunicaciones para las IMT
Prólogo
Política sobre Derechos de Propiedad Intelectual (IPR)
Cometido
Anexo – Aspectos relativos a la implantación y disposiciones de frecuencias aplicables a las IMT
Índice
SECCIÓN 1 – Aspectos relativos a la implantación aplicables a las disposiciones de frecuencias
SECCIÓN 2 – Disposiciones de frecuencias en la banda 450-470 MHz
SECCIÓN 3 – Disposiciones de frecuencias en la gama de frecuencias 470-960 MHz
SECCIÓN 4 – Disposiciones de frecuencias en la banda 1 427-1 518 MHz
SECCIÓN 5 – Disposiciones de frecuencias en la banda 1 710-2 200 MHz
SECCIÓN 6 – Disposiciones de frecuencias en la banda 2 300-2 400 MHz
SECCIÓN 7 – Disposiciones de frecuencias en la banda 2 500-2 690 MHz
SECCIÓN 8 – Disposiciones de frecuencias en la gama de frecuencias 3 300-3 700 MHz
SECCIÓN 9 – Disposiciones de frecuencias en la banda 4 800-4 990 MHz
SECCIÓN 10 – Disposiciones de frecuencias en la banda 24,25-27,5 GHz
SECCIÓN 11 – Disposiciones de frecuencias en la banda 37-43,5 GHz
SECCIÓN 12 – Disposiciones de frecuencias en la banda 45,5-47 GHz
SECCIÓN 13 – Disposición de frecuencias en la banda 47,2-48,2 GHz
SECCIÓN 14 – Disposición de frecuencias en la banda 66-71 GHz
Adjunto 1 al Anexo
Adjunto 2 al Anexo – Vocabulario de términos
Adjunto 3 al Anexo – Recomendaciones e Informes conexos